domingo, 9 de febrero de 2014

El Siglo de la Integración (Parte 2)

  • El siglo XVII será caracterizado como un siglo de asentamiento, lo cual supone la creación de nuevas formas de vida.
  • La Nueva España deja de ser un lugar colonizado para convertirse en un país.
  • En la base económica se crea la hacienda, como centro productor y como centro de vida autosuficiente; decaen las primeras relaciones como consecuencia de los cambios de población y de la ocupación del suelo.  Se configuran nuevos complejos económicos.
  • La encomienda cumplía con dos fines: la evangelización que se encargaba al encomendero y la riqueza y producción de la tierra. Ésta sufrió limitaciones que paulatinamente decantaron en abolición legal durante el siglo XVIII.
  • Surgió el repartimiento, en el que el servicio estaba retribuido con un salario, así se crearon incentivos para dejar la encomienda a cambio de mejores salarios y mejores tratos.
  • Este sistema de reparto estaba a cargo de los oficiales reales y los caciques, situación que trajo consigo innumerables abusos.
  • El juez repartidor, era la autoridad española encargada fijar el número de indios que debían acudir a los lugares se les solicitaba. Éste señalaba a las autoridades de los pueblos el número de indios que debían enviar a los lugares donde tenían la obligación de prestar el servicio; si no lo hacían se les multaba.
  • Este sistema propició la extorsión y corrupción de las autoridades, por este motivo se buscó la abolición de dicha institución la cual se logró hasta 1631.
  • Por otra parte, como regímenes más favorables para el trabajo indígena estaba la hacienda que ofrecía la posibilidad de tener un sustento seguro y un salario regular.
  • Entorno a la hacienda se constituyeron las cuadrillas o casas de peonaje cuyos integrantes permanentes se les denominó acasillados.
  • Mediante el endeudamiento fue como se mantenían a los peones, se les adelantaba parte del salario y se les mantenía dentro de la hacienda por obligación de los pagos.
  • Una figura importante fue la del gañan, que aprovechándose de la falta de mano de obra en los centros mineros y ganaderos ofrecía su trabajo al mejor postor.
  • Hacia 1580, los ocupantes de la tierra se fueron convirtiendo en legítimos “señores de la tierra”, por medio de la compra de ésta a la corona española.
  • La hacienda dominaría por siglos el paisaje de la producción agropecuaria del país.
  • Lo que hoy se considera organización social y política se llamaba en el XVII orden de república. Dentro de él hubo “dos repúblicas”, la de indios y la de españoles.
  • En la república de indios, el fin era transformar, sin destruir, el orden existente; pues la “maña y razón” que tenían los indios para vivir en concierto aseguraba la dominación pacífica.
  • Se buscaba que lo pueblos indígenas mantuvieran su organización al interior de los pueblos,  sin embargo las autoridades tradicionales fueron desplazadas.
  • Se crearon las cajas de comunidad donde se guardaba el dinero en común, se trataba de mantener el dinero a salvo de la comunidad, evitando que las autoridades de la república lo malgastaran.
  • En cuanto a su organización religiosa la conquista espiritual llevada a cabo por las órdenes religiosas fue un éxito, ya que los pueblos mostraron una predisposición a aceptar la religión católica.
  • La organización política, social y religiosa trató de llevarse hasta los indios bárbaros. Las congregas y reducciones en que se intentó asentarlos en el norte de la Nueva España tenían como modelo a los pueblos del centro.
  • La república de españoles está más implícita que expresa, sólo se hace ver cuando se trata de normar sus relaciones con los indios.
  • Fuera de todo orden de república, estaba la gente menuda: mestizos, castas y negros. Se les temía por el desconcierto en que ponían la tierra: a pueblos de indios, a los caminos, a las ciudades y villas.
  • Para ejercer el poder hubo una jerarquía bien organizada. En la Península un dispositivo central para todas las Indias: el rey y el Consejo de Indias, que fungía como legislador, administrador y juzgado.
  • En Nueva España hubo otro dispositivo central: el virrey y la Real Audiencia, encargada de funciones judiciales.
  • En los distritos había alcaldes mayores y corregidores, y bajo estos en las villas, ciudades y pueblos, estaban los cabildos.
  • Así contemplado el sistema de gobierno de las Indias, se nos presenta como un orden legal, muy moderno en su forma, pero dentro de ese orden existían muchas realidades tradicionalistas, como la relación señor-vasallo.
  • La relación señor-vasallo fue lo que realmente legitimó la autoridad central y no el orden legal.
  • Ante los posibles abusos que pudieran cometerse en territorio americano se estableció la figura de los visitadores quienes observaban el cumplimiento de la normatividad.


A continuación el enlace de una presentación sobre La República de Indios:

http://issuu.com/paulinacuevasurcid/docs/la_rep__blica_de_indios_en_nueva_es

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